A un año de la represión en La Puya

23 de Mayo 2015, a un año de la Represión en contra de la Puya de parte del Gobierno en complicidad con la empresa minera.

La Resistencia Pacifica de la Puya, reafirma su compromiso en seguir de pie en la lucha en la defensa de la vida, a pesar de la represión, intimidación, provocación criminación y judicialización de los integrantes de la resistencia de parte de la empresa minera y de instituciones públicas, por ejercer el derecho a defender derechos.
 


A un año de la brutal represión de las comunidades en resistencia, denunciamos públicamente que la empresa minera está operando sin licencia de construcción de la municipalidad de San Pedro Ayampuc, municipio donde está ubicada la empresa, a pesar de dicha irregularidad, la empresa goza de la venia de instituciones como el ministerio de gobernación que desde hace un año, le ha estado brindado seguridad a la empresa.
La Puya reafirma su rechazo a la implementación de los proyectos mineros en la zona, el abuso de poder por parte de las autoridades, además denunciar las irregularidades que se dan por parte de los ministerios correspondientes en el otorgamiento de las respectivas licencias y a estas no escapa las municipalidades con las licencias de construcción. Lo anterior forma parte de la red de corrupción existentes en el país y que atenta contra la vida.
Las comunidades en resistencia se mantienen firme en la disposición al dialogo con el gobierno de manera trasparente, con igualdad de condiciones y respeto mutuo, dicha disposición se le ha hecho llegar al gobierno mediante la Procuraduría de los derechos humanos, sin embargo no hemos tenido respuesta.
Por lo anterior exigimos a la Procuraduría de los derechos Humanos y al ministerio público la investigación sobre las graves violaciones a los derechos humanos ocurridos el 23 de mayo del 2014 en contra de integrantes de la PUYA, así mismo deducir responsabilidades y perseguir penalmente a los autores materiales e intelectuales de dichos hechos.

La Puya, 23 de mayo del 2015.