Huehuetenango manifiesta contra Estado de Sitio

Huehuetenango manifiesta por la Paz, condenando el estado de sitio impuesto por el Gobierno de Jimmy Morales.

 

Huehuetenango, 30 Septiembre 2019


Los pueblos amamos la paz.

Los pueblos originarios del departamento de Huehuetenango organizaron una caminata por la Paz, rechazando y condenando el estado de sitio impuesto por el Gobierno de Jimmy Morales.
De esa manera brindamos nuestra solidaridad con los pueblos donde está declarado el estado de sitio.  Y rechazamos también que se quiera imponer en dos municipios del departamento de Sololá y extenderlo por 30 días más.
Esta acción la hemos realizado en 10 departamentos de nuestro país.

Fotos y texto: Víctor Sales

 

 


La manifestación del día 30 Septiembre 2019 en Huehuetenango estuvo organizada por multitud de organizaciones campesinas e indígenas de Huehuetenango y de otros departamentos de Guatemala articuladas en la ASAMBLEA DE PUEBLOS AGUA VIDA Y TERRITORIO que marcharon hasta llegar al Parque de la cabecera municipal de Huehuetenango, donde entregaron al Gobernador departamental de Huehuetenango, Oscar Barillas, el siguiente MEMORIAL:


SEÑOR GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO, OSCAR BARILLAS, 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2019.

NOSOTROS las distintas organizaciones comparecientes y firmantes: Frente de Resistencia Miguelense FREDEMI, Consejo Maya Sipacapense, Consejo de Pueblo Maya Mam Saq Tx’otx’, Comisión de Agua de Cantel, Grupo de Mujeres Ixijiatz San Pedro la Laguna,  Asamblea Departamental de Huehuetenango –ADH-, Asociación Belejeb E y Red de Mujeres Maya Kiche de Momostenango, Acammchi Unodich de Concepción Chiquirichapa, Consejo de Ancianos de Santa Lucía Utatlán , Asociación de Servicios Comunitarios de Salud ASECSA, Red de mujeres de Nahualá, Red de mujeres Ixoquib Noj de Quetzaltenango, Mujeres Mayas y  Asociación de Mujeres de Suchitepéquez AMUDESU; Kabla jun noj; IMH Nebaj Quiché; Coordinadora de Comunidades de Sacapulas y Cunen, El Quiché, Consejo de Comunidades de Retalhuleu, Asoprovi y protagonismo Juvenil de Villa Nueva Guatemala, Plataforma Urbana de la ciudad capital; Madre Tierra de Cabricán, Red de Soberanía y Alimentaria de Guatemala REDSAG, Asociación formación para el Desarrollo, Asociación Comunitaria para el desarrollo ASERJUS, Pastoral Social de San Marcos; comunidad de Población en Resistencia CPR Sierra, Cocode de Parcelamiento el Rosario, Champerico, articuladas en la ASAMBLEA DE PUEBLOS AGUA VIDA Y TERRITORIO, señalamos lugar para recibir notificaciones la 16     Avenida A 7-38 Z.4 Huehuetenango, comparecemos ante usted de forma respetuosa a plantear la siguiente solicitud en relación a los siguientes

HECHOS:

I.    Que el día sábado 7 de septiembre de los corrientes fue aprobado el Estado de sitio por medio del acuerdo gubernativo 1-2019 en 22 municipios y 6 departamentos del oriente y nororiente del país, por parte de los diputados del Congreso de la República en una reunión extraordinaria a las habituales sesiones entre semana.

II.    Además, que las declaraciones dadas el día lunes 9 de septiembre por el Ministro de la Defensa, Luis Miguel Ralda, son muy graves y son una muestra de que el Estado de Guatemala no tenía información específica sobre la amenaza y el peligro que les faculta establecer un estado de sitio. “las declaraciones del Ministro de Defensa son una prueba de que el Estado de Sitio no cumple con los requisitos para nacer a la vida jurídica y constituyen arbitrariedades porque no se justificó con estricta necesidad haberlo declarado ya que ponen en peligro a las poblaciones con esta medida.

III.    Que en este Estado de Sitio es un ataque directo al derecho a la resistencia y es una discriminación de carácter político y en algunos casos de carácter racial como el que se está dando en contra del pueblo Queqchi.- generando una crisis humanitaria en los territorios donde se implementa, considerando innecesaria la aprobación de la limitación de derechos humanos.
 
IV.    También como Asamblea de Pueblos consideramos que la medida es totalmente desproporcional debido a que el hecho ocurrió en un solo lugar y no habría porque extenderlo a otros departamentos o municipios, por esta causa se teme una oleada de represión y persecución de líderes, campesinos, comunitarios defensores y defensoras de derechos humanos, implementando una vez más la militarización para el control del pueblo y sus garantías constitucionales.

V.    Agregamos que este Estado de Sitio obedece a una ley denominada de Orden Público la cual fue promulgada en época del Conflicto Armado Interno en el año 65, característica que la convierte en una normativa contrainsurgente que viene a restringir y neutralizar todo tipo de movimiento organizativo de las comunidades y sociedad civil en general. Además de ver con grave peligro las medidas decretadas por el Ministerio de Defensa especialmente el numeral 7  que trata sobre la actualización de focos de invasión y usurpaciones de propiedad privada para el respectivo desalojo.

FUNDAMENTO DE DERECHO

 Artículo 28.- Derecho de petición. Los habitantes de la República de Guatemala tienen derecho a dirigir, individual o colectivamente, peticiones a la autoridad, la que está obligada a tramitarlas y deberá resolverlas conforme a la ley. En materia administrativa el término para resolver las peticiones y notificar las resoluciones no podrá exceder de treinta días.

PETICION:

1.    Que se tenga por presentado el presente escrito que contiene solicitud de suspensión y la no prorrogación del Estado de sitio en los 6 departamentos y 22 municipios afectados por el mismo.

2.    Que se tenga también por presentado nuestro completo repudio al Estado de Sitio decretado por el gobierno de Guatemala y ratificado por el Congreso de la República, solidarizándonos con los territorios que lo están padeciendo.

3.    Que se hagan responsables los poderes del estado de Guatemala por las atrocidades y violaciones a derechos humanos cometidas en contra de comunidades de pueblos indígenas y sociedad civil en general durante este Estado de Sitio.

4.    Que el Gobierno de Guatemala se inhiba de seguir velando por los intereses de empresas de minería, de monocultivos, hidroeléctricas y perforaciones petroleras especialmente en las áreas donde se decretó el Estado de Sitio, las cuales para continuar operando necesitan de los despliegues militares que garanticen estas decisiones represivas.

5.    Que se tengan por suficientes los 30 días declarados como Estado de Sitio en los territorios y que el Gobierno de Guatemala se abstenga a su prorroga tanto en tiempo como en territorios.

Huehuetenango 30 de septiembre del 2019.